Sumilla RTF:06446-6-2017
Se declara improcedente la apelación interpuesta contra la resolución ficta denegatoria del recurso de reclamación presentado contra la resolución ficta denegatoria de la solicitud de prescripción de las cuotas 2008-02 a 2008-07 de un fraccionamiento de deuda, toda vez que la recurrente no ha precisado el objeto de su pedido en dicho extremo, pues no identifica el número con el que habría sido asignado dicho fraccionamiento, ni señala cuáles son los tributos y períodos acogidos al mismo por los que formuló su solicitud, ni tampoco adjunta documentación que permita establecer ello, a pesar de haber sido requerida para tal efecto a través del Proveído N° 0780-7-2017. Se declara infundada la apelación interpuesta contra la resolución ficta denegatoria del recurso de reclamación presentado contra la resolución ficta denegatoria de la solicitud de prescripción del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales de los años 2008 a 2010, al haber acaecido actos que interrumpieron el plazo de prescripción de dichas deudas, por lo que a la fecha de presentación de la solicitud materia autos, no había operado la prescripción solicitada.